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SANTO DOMINGO, (R.Dominicana).- La Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional incluyó el lavado de activos a los tres principales inculpados en el fraude de BANINTER y los condenó a 10 años de cárcel.
Ramón Báez Figueroa, Luís Álvarez Renta y Marcos Báez Cocco fueron condenados a 10 años y a todos por lavado de activos. En la sentencia de primera instancia, solo Álvarez Renta había sido condenado por lavado de activos.
En cuanto a Viviam Lubrano de Castillo, los jueces de la Tercera Sala decidieron imponerle una condena de 5 años de cárcel y no le incorporaron el delito de lavado de activos, solo la violación de la Ley Monetaria y Financiera.
En la sentencia en primera instancia del 21 de octubre del 2007, el tribunal solo había condenado a Álvarez Renta por el delito de lavado de activo. Esa decisión llamó la atención debido a que si Álvarez Renta lavó dinero a los ejecutivos de BANINTER era contradictorio no condenarlo por ese delito.
La sentencia de la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación evidenció esas contradicciones y procedió a enmendar “los errores”.
La sentencia de la Tercera Sala Penal reivindica las expectativas que la sociedad había ido creando en la medida en que el caso BANINTER fue siendo conocido en detalle. Los jueces tuvieron el valor de citar todos los” errores” legales cometido en el tribunal de primera instancia, haciendo una detallada enumeración de tales violaciones.
Báez Figueroa y su primo Báez Cocco fueron condenados, además, por los delitos de presentar estados financieros falsos, ocultar y desviar información a las autoridades bancarias, encubrir, abuso de confianza, desfiguración, alteración de estados financieros para desviar y evadir la supervisión bancaria.
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